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viernes, 2 de mayo de 2014

Moción Municipal Grupo IU Ayuntamiento de Requena sobre el Céntimo Sanitario.



MOCIÓN MUNICIPAL CÉNTIMO SANITARIO
                                                                                                                                                                                                                                                                                                     
      Don Fernando Navarro Giménez, Portavoz del Grupo Municipal de EUPV  en el Ayuntamiento de Requena, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable,  eleva al Pleno de la  Corporación para su debate la siguiente  moción:  
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), o más comúnmente conocido como "céntimo sanitario" entró en vigor el 1 de enero de 2002, después de establecerse por Ley estatal por el Partido Popular en 2001 y su objetivo era el de "solucionar los problemas de liquidez de la sanidad pública". 
Se trata de un impuesto que ha recaído sobre el consumidor y que se aplicaba a los hidrocarburos, como gasolinas, gasóleo, fuelóleo y queroseno (no utilizado como combustible de calefacción), los hidrocarburos líquidos que se utilicen como combustible de calefacción y los que, con excepción del gas natural, metano, gas licuado del petróleo y demás productos gaseosos equivalentes, se destinen a ser utilizados como carburante, como aditivos para carburante o para aumentar el volumen final de un carburante.
Desde el 1 de enero de 2013 y con el objetivo de corregir las deficiencias investigadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), este impuesto quedó corregido e integrado en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) y comenzó a liquidarse como parte de los Presupuestos Generales del Estado. 
Sin embargo, el pasado 27 de febrero, este Tribunal dictaminó que el céntimo sanitario recaudado en España “vulnera” o "es contrario" al derecho comunitario, afirmando que se aplica sobre los carburantes y que no respeta la directiva sobre los impuestos especiales, que obliga a que el objetivo del impuesto no sea exclusivamente presupuestario. 
Tanto vecinos particulares como empresas de nuestro municipio, así como el propio Ayuntamiento, han pagado durante los años que ha estado implantado, lo que ahora debería ser restituido por la Comunidad Autónoma y/o Administración General del Estado. Según la Ley Tributaria, se establece que el derecho a pedir el reembolso de un impuesto cobrado indebidamente prescribe a los cuatro años, por lo que, en principio, sólo podrán hacerlo de lo efectivamente ingresado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012.
Desde el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) se recuerda que exigir la devolución de lo pagado injustamente, obliga a cada uno de los contribuyentes a presentar todas las facturas que haya recopilado a la Agencia Tributaria de la comunidad en la que pagó el impuesto y solicitar la devolución de ingresos indebidos, tipificada en la normativa fiscal.
No reclamar este impuesto cobrado injustamente, sería regalar el dinero de los contribuyentes.
Por otra parte, cabe la posibilidad de reclamar al Estado y a la Comunidad la devolución de todo el período en vigor a partir de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Común, que regula la responsabilidad patrimonial de las  Administraciones públicas y la obligación de éstas de reparar el daño causado por mal funcionamiento, siempre y cuando se haga dentro del primer año a contar desde la sentencia del Tribunal de Justicia.
Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de  Esquerra Unida  presenta al Pleno los siguientes ACUERDOS:
1.- Realizar los informes pertinentes desde servicios técnicos y jurídicos correspondientes a la cantidad total recuperable del cobro indebido del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y sobre el procedimiento adecuado para reclamar la devolución de los importes pagados por el Ayuntamiento de dicho impuesto (IVMDH).
2.- Solicitar la devolución de los importes pagados por el Ayuntamiento en concepto de Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos a las administraciones correspondientes.
3.- Destinar los recursos económicos recuperados íntegramente a política social y empleo.
4.- Habilitar y facilitar un servicio municipal, información para vecinos y empresas, donde se asesore sobre los pasos a seguir para la devolución, mediante la vía administrativa, de los importes indebidamente recaudados. 
5.- Instar al Gobierno Central y al de la Generalitat Valenciana para que destinen a políticas de empleo las cantidades recaudadas por el impuesto y no reclamadas por los ciudadanos, administraciones públicas y empresas.
                                                                     En Requena, a 25 de abril de 2014




Fdo.: Fernando Navarro Giménez

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE REQUENA

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